Publicado en BOLETIN OFICIAL N°108
VISTO:
La
Carta Orgánica Municipal, la Nota Nº 442/2020 de fecha 18/11/20, y;
CONSIDERANDO:
Que la Nota
Nº 442/20 informa sobre excepción para el visado del
plano de mensura particular con fraccionamiento de
la parcela 20-1-F-348-30 en Bº Usina;
Que se ha
analizado el pedido de excepción para la autorización del visado municipal del
plano de mensura particular con fraccionamiento;
Que la Ordenanza
028/98 en su Artículo 3º establece un mínimo de 2,500 m2 para subdivisiones
municipales;
Que
existen numerosos pedidos de los vecinos y que ya fueron tenidos en cuenta para
la excepción de esta Norma;
Que
el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 30-11-2020, Acta 1.794,
aprobó el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO
1º:
EXCEPTÚASE de la exigencia de los metros mínimos de superficie a
los efectos de obtener la autorización para el
fraccionamiento de la parcela identificada
catastralmente como 20-1-F-348-30, ubicada en Barrio
Usina, al Sr:
|
Apellido y Nombre |
Nº de Cuit |
Condominio |
|
GARRIDO,
Leteler |
20-07317176-9 |
Condominio
100% |
ARTÍCULO
2º:
FACÚLTASE a las áreas del Poder Ejecutivo que correspondan a requerir la
documentación establecida para el visado del plano de fraccionamiento que se adjunta
como Anexo I de la presente.-
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese,
cumplido, archívese.-
Dada en la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de noviembre
de 2020.-
ORDENANZA Nº
102/2020.-