Publicado en BOLETIN OFICIAL N°108
VISTO:
La
Carta Orgánica Municipal, la Nota Nº 441/2020 de fecha 18/11/20, y;
CONSIDERANDO:
Que la Nota
Nº 441/20 informa sobre excepción para el visado del plano de mensura
particular con fraccionamiento de la parcela 20-1-F-298-09 en Bº Usina;
Que se ha analizado el pedido de
excepción para la autorización del visado municipal del plano de mensura
particular con fraccionamiento;
Que la
Ordenanza Nº028/98 en su Artículo 3º, establece un mínimo de 2,500 m2 para
subdivisiones municipales;
Que
existen numerosos pedidos de los vecinos y que ya fueron tenidos en cuenta para
la excepción de esta Norma;
Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 30-10-2020, Acta
1.794, aprobó el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO
1º:
EXCEPTÚASE de la exigencia de los metros mínimos de superficie a
los efectos de obtener la autorización para el
fraccionamiento de la parcela identificada
catastralmente
como 20-1-F-298-09, ubicada en Barrio Usina, a los Sres:
|
Apellido y Nombre |
Nº de Cuit |
Condominio |
|
Palma,
Julio Esteban |
20-13850408-6 |
Condominio
100% |
ARTÍCULO
2º:
FACÚLTASE a las áreas del Poder Ejecutivo que correspondan a requerir la
documentación establecida para el visado del plano de fraccionamiento que se adjunta
como Anexo I de la presente.-
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese,
cumplido, archívese.-
Dada en la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de noviembre
de 2020.-
ORDENANZA Nº 106 /2020