ORDENANZA Nº 106 /2020

 

Publicado en BOLETIN OFICIAL N°108

 

 

VISTO:

              La Carta Orgánica Municipal, la Nota Nº 441/2020 de fecha 18/11/20, y;

 

CONSIDERANDO:

                                    Que la Nota Nº 441/20 informa sobre excepción para el visado del plano de mensura particular con fraccionamiento de la parcela 20-1-F-298-09 en Bº  Usina;

                                     Que se ha analizado el pedido de excepción para la autorización del visado municipal del plano de mensura particular con fraccionamiento;

                                     Que la Ordenanza Nº028/98 en su Artículo 3º, establece un mínimo de 2,500 m2 para subdivisiones municipales;

                                      Que existen numerosos pedidos de los vecinos y que ya fueron tenidos en cuenta para la excepción de esta Norma;

                                      Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 30-10-2020, Acta 1.794, aprobó el dictado de la presente;

 

POR ELLO: 

                     Y en uso de las facultades que le son propias; 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSON

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: EXCEPTÚASE de la exigencia de los metros mínimos de superficie a

los efectos de obtener la autorización para el fraccionamiento de la parcela identificada

catastralmente como 20-1-F-298-09, ubicada en Barrio Usina, a los Sres:

 

Apellido y Nombre

Nº de Cuit

Condominio

Palma, Julio Esteban 

20-13850408-6

Condominio 100%

 

ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE a las áreas del Poder Ejecutivo que correspondan a requerir la documentación establecida para el visado del plano de fraccionamiento que se adjunta como Anexo I de la presente.-

 

ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada en la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta días del mes de noviembre de 2020.-

 

ORDENANZA Nº 106 /2020