VISTO:
La Carta Orgánica
Municipal; la Ordenanza Nº108/1992 y concordantes; la Ordenanza N°093/2017;
el plano de Mensura N°307/13; el Informe
de la Secretaría de Desarrollo Territorial, y;
CONSIDERANDO:
Que
existe el plano de Mensura N°307/13 de la manzana 603B, Sección C, ubicada en
el Barrio Los Cipreses, que reconoce el lote 12 indiviso y propiedad del
Municipio de El Bolsón;
Que
por Ordenanza N°093/2017 se adjudica en venta a los Sres. Jorge Enrique Nuñez y
Nadia Yenien Bahamondez la parcela 20-1-C-603B-12 de Barrio Los Cipreses;
Que se acredita en el
Expte. Constancia de la cesión de los derechos de adjudicación de la parcela
20-1-C-603B-12 de los Sres. Nuñez y Bahamondez a favor de los hermanos
Florencia y Lucio Cerda con fecha 14/10/2020;
Que en el informe expedido por
la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que los inspectores
en fecha 30/11/2020, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes;
Que
los solicitantes no registran otras ocupaciones y/o adjudicaciones de tierras
fiscales municipales;
Que
por tanto nada obsta para llevar adelante el presente trámite,
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 14-04-2021, Acta 1.799, aprobó
el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: CADÚCANSE
los derechos de adjudicación otorgados a los Sres. Jorge Enrique Nuñez D.N.I.
Nº32.056.720 y Nadia Yenien Bahamondez D.N.I. Nº36.371.773 sobre la
parcela 20-1-C- 603B-12 (Artículo 1º, Ordenanza N°093/2017).-
ARTÍCULO 2º: ADJUDÍCASE
en Venta a los Sres. Florencia Elizabeth Cerda D.N.I. N°41.478.559 v Lucio
Exequiel Cerda D.N.I. N°40.111.206, la parcela 20-1-C-603B-12 ubicada en el
Barrio Los Cipreses, son una superficie de 458,35 metros cuadrados.-
ARTÍCULO 3º: FACÚLTASE a
la Secretaría de Economía y Secretaría de Desarrollo Territorial a liquidar los
conceptos que correspondan sobre esa parcela.-
ARTÍCULO 4º: NOTIFÍQUESE
por el Área que corresponda sobre las normas a las que deben atenerse los
adjudicatarios.-
ARTÍCULO 5º: NOTIFÍQUESE
a los adjudicatarios de la presente que deberán firmar el correspondiente
boleto de compra venta dentro de los cinco días de la efectiva
Adjudicación y de no presentarse los interesados dentro del plazo
indicado, se procederá a la caducidad de la adjudicación
(Artículo 11º, Ordenanza Nº108/1992).-
ARTÍCULO 6º:
REGÍSTRESE,
comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de
abril de 2021.-
ORDENANZA Nº023/2021-