VISTO:
La declaración de
Pandemia realizada por la Organización Mundial de la Salud por el COVID 19, el
decreto del Estado Nacional Nº 297/2020, el decreto del Estado Provincial Nº 236/2020,
la ordenanza Municipal Nº 016/2020 y la situación del COVID 19 que afecta a toda
nuestra comunidad, impidiendo que los
vecinos puedan esperar dentro del
edificio de Fiscalía Descentralizada de nuestra localidad, para ser atendidos,
y;
CONSIDERANDO:
Que
la cantidad de habitantes de nuestra localidad es cada vez mayor;
Que
la Fiscalía Descentralizada de El Bolsón debe atender cada vez más casos, lo
que se traduce en que los vecinos deban esperar más tiempo para ser atendidos;
Que
falta un espacio de espera fuera del edificio de la Fiscalía donde los vecinos
puedan aguardar a ser llamados para ser atendidos;
Que
en consecuencia son usados los bancos públicos que se encuentran fuera del Concejo
Deliberante, desde los cuales no se observa la puerta de entrada de la Fiscalía
por lo que muchos vecinos no escuchan cuando son llamados perdiendo así la
posibilidad de ser atendidos;
Que
resultaría de utilidad para la comunidad que se instalen dos bancos en dicho sector
que tengan una ubicación conveniente para que los vecinos puedan ver la puerta
de entrada de la Fiscalía y puedan oir cuando sean llamados por el personal de
la misma.
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 14-04-2021, Acta 1.799, aprobó
el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: SOLICÍTASE
al Poder Ejecutivo Municipal, arbitre los medios necesarios para la colocación
de dos bancos con resguardo (techo) de uso público, a ubicarse en el sector de
la vereda de acceso a la Fiscalía de El Bolsón (sito calle Pasaje Mario
Guasco).-
ARTÍCULO 2º: REGÍSTRESE,
comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de
abril de 2021.-
ORDENANZA Nº026/2021-