VISTO:
La Carta Orgánica Municipal; las solicitudes
de los vecinos del Sector Amancay de Loma del Medio; el informe de la
Secretaría de Desarrollo Territorial de fecha 02/02/2021, y;
CONSIDERANDO:
Que Vecinos
del Sector Amancay de Loma del Medio comunican sobre la necesidad de contar con
un terreno para proyectar un Centro Comunitario para realizar múltiples
actividades, tales como talleres, reuniones, merendero y todo lo que se
requiera para la contención de los niños del barrio y de otros grupos
etarios;
Que también
solicitan el resguardo y puesta en valor de un espacio donde funciona la plaza
El Mirador, el cual ha sufrido en distintas oportunidades intentos de
usurpación;
Que estos
lugares se ubican dentro de la parcela 20-1-F-043-01 que es propiedad del
Estado Nacional Argentino y asimismo dentro de la Reserva Forestal Loma del
Medio que se estableció en el artículo 178 de nuestra Carga Orgánica y cuyo
destino es la protección del medio ambiente y sus masas boscosas, y el uso
recreativo y paisajístico;
Que
actualmente el Municipio se encuentra trabajando en la cesión de estas tierras
por parte del Estado Nacional Argentino a los efectos de llevar adelante un
plan de urbanización que posibilite regularizar las ocupaciones existentes que
correspondan y de garantizar los espacios de uso comunitario y de uso público
para un mejor desarrollo personal y vecinal;
Que en fecha
02/02/2021 la Secretaría de Desarrollo Territorial Municipal
realizó una inspección de los dos de los lugares y se constató que se
encuentran libres de ocupantes y que poseen las condiciones requeridas para los
fines propuestos por los vecinos;
Que la
Municipalidad de El Bolsón promueve el progreso y el Desarrollo Social de las
comunidades barriales colaborando en el logro y concreción de todo objetivo de
interés público;
Que existe
croquis de ubicación de los espacios mencionados y se acompañan como
Anexo;
Que es
necesario dictar la presente norma para preservar el destino de los lotes;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 28-04-2021, Acta 1.800, aprobó
el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son
propias;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: RESERVASE el destino de plaza al espacio ubicado en
parte de la parcela 20 1-F-043-001 de Loma del Medio con una superficie
aproximada de 2.659,13 m2 según croquis que se acompaña como ANEXO.-
ARTÍCULO 2º: RESERVASE el nombre de "El Mirador” al espacio
indicado en el Artículo 1º.-
ARTÍCULO 3º: RESERVASE el destino de Espacio Comunitario al lote
ubicado en parte de la parcela 20-1-F-043-001 de Loma del Medio con una
superficie aproximada de 439,46 m2 según croquis que se acompaña como ANEXO.-
ARTÍCULO 4º: AUTORIZASE a los Vecinos del sector Amancay a
gestionar el proyecto de Construcción del Centro Comunitario y emplazarlo en la
parcela indicada en el Artículo 3º;
ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE,
comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante
de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los veintiocho días
del mes de abril de 2021.-
ORDENANZA Nº027 /2021-