VISTO:
La Carta Orgánica Municipal; la
Ordenanza N 108/92 y concordantes; la Ordenanza N°066/2011; el plano de Mensura
N°301/77; y el Informe de la Secretaría de Desarrollo
Territorial; y
CONSIDERANDO:
Que existe
el plano de Mensura N°301/77 de la manzana 614, sección J, ubicada en el Barrio
San Francisco, que reconoce el lote 14 indiviso y propiedad del Municipio de El
Bolsón;
Que por
Ordenanza Nº066/2011 se transfieren derechos de adjudicación a favor de Nélida
Orfelina Beatriz Delgado de la parcela 20-1-J-614-14 del Barrio San
Francisco;
Que se
acredita en el Expte. copia con firmas certificadas de solicitud de
autorización para la cesión de la parcela 20-1-J-614-14 de la Sra. Delgado a
favor de los Sres. Mardones y Uriman;
Que en el informe
expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que
los inspectores en fecha 25/02/2021, verificaron construcciones,
perímetro y ocupantes;
Que por
tanto nada obsta para llevar adelante el presente trámite;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó
el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: CONDÓNESE la deuda que la señora Nélida Orfelina Beatriz Delgado
D.N.I. Nº 25.383.355 posee sobre la parcela 20-1-J-614-14.-
ARTÍCULO 2°: CADÚCASE los derechos de adjudicación
otorgados a la Sra. Nélida Orfelina Beatriz Delgado DNI Nº 25.383.355 sobre la
parcela 20-1-J-614-14 (Art. 2º Ordenanza N°066/2011).
ARTÍCULO 3º: ADJUDÍCASE en Venta a los Sres. Karina
Elizabeth Mardones D.N.I. N° 38.431.852 y Alfredo Nicolás Uriman D.N.I.N° 37.663.741
la parcela 20-1-J-614-14 ubicada en el Barrio San Francisco, con una superficie
de 525 metros cuadrados.-
ARTICULO 3°: FACULTASE
a la Secretaría de Economía y Secretaría de Desarrollo Territorial a liquidar
los conceptos que correspondan sobre esa parcela.-
ARTICULO 4°: NOTIFÍQUESE
por el Área que corresponda sobre las normas a las que deben atenerse los
adjudicatarios.-
ARTÍCULO 5º: NOTIFÍQUESE a los adjudicatarios que deberán
firmar el correspondiente boleto de compra venta dentro de los cinco días de la
efectiva adjudicación y en caso de no
presentarse los interesados se procederá a la caducidad de la adjudicación
(Art. 11 Ord. 108/92).-
ARTÍCULO 6º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo
Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo
de 2021.-
ORDENANZA Nº035 /2021