ORDENANZA Nº035 /2021

 VISTO: 

             La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N 108/92 y concordantes; la Ordenanza N°066/2011; el plano de Mensura N°301/77; y el Informe de la Secretaría de Desarrollo Territorial; y 

 

CONSIDERANDO: 

Que existe el plano de Mensura N°301/77 de la manzana 614, sección J, ubicada en el Barrio San Francisco, que reconoce el lote 14 indiviso y propiedad del Municipio de El Bolsón; 

Que por Ordenanza Nº066/2011 se transfieren derechos de adjudicación a favor de Nélida Orfelina Beatriz Delgado de la parcela 20-1-J-614-14 del Barrio San Francisco; 

                                     Que se acredita en el Expte. copia con firmas certificadas de solicitud de autorización para la cesión de la parcela 20-1-J-614-14 de la Sra. Delgado a favor de los Sres. Mardones y Uriman; 

                                    Que en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que los inspectores en fecha 25/02/2021, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes; 

                                   Que por tanto nada obsta para llevar adelante el presente trámite;

                                   Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó el dictado de la presente;

 

POR ELLO:

Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZ

 

ARTÍCULO 1º: CONDÓNESE la deuda  que la señora Nélida Orfelina Beatriz Delgado D.N.I. Nº 25.383.355 posee sobre la parcela 20-1-J-614-14.-

 

ARTÍCULO 2°: CADÚCASE los derechos de adjudicación otorgados a la Sra. Nélida Orfelina Beatriz Delgado DNI Nº 25.383.355 sobre la parcela 20-1-J-614-14 (Art. 2º Ordenanza N°066/2011).

 

ARTÍCULO 3º: ADJUDÍCASE en Venta a los Sres. Karina Elizabeth Mardones D.N.I. N° 38.431.852 y Alfredo Nicolás Uriman D.N.I.N° 37.663.741 la parcela 20-1-J-614-14 ubicada en el Barrio San Francisco, con una superficie de 525 metros cuadrados.-

 

ARTICULO 3°: FACULTASE a la Secretaría de Economía y Secretaría de Desarrollo Territorial a liquidar los conceptos que correspondan sobre esa parcela.-

 

ARTICULO 4°: NOTIFÍQUESE por el Área que corresponda sobre las normas a las que deben atenerse los adjudicatarios.-

 

 

ARTÍCULO 5º: NOTIFÍQUESE a los adjudicatarios que deberán firmar el correspondiente boleto de compra venta dentro de los cinco días de la efectiva adjudicación y en caso  de no presentarse los interesados se procederá a la caducidad de la adjudicación (Art. 11 Ord. 108/92).-

 

ARTÍCULO 6º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo de 2021.-


ORDENANZA  Nº035 /2021