VISTO:
La Carta Orgánica Municipal;
la Ordenanza Nº019/2014; la Ordenanza Nº100/1996 y concordantes; los informes de la Secretaría de
Desarrollo Territorial, y;
CONSIDERANDO:
Que
existe croquis de relevamiento de la Manzana 742T, Sección J, ubicada en el
Barrio Esperanza, que acredita la titularidad a favor del Municipio;
Que
los Sres. Alejandra Santul y Marcos González solicitaron en fecha 17/03/2021 un
certificado de ocupación de la parcela 06 de la Manzana J-742T;
Que
por Ordenanza N°019/2014 se otorgaron derechos de adjudicación de la parcela
indicada a la Sra. Alejandra Santul, la cual con el nuevo croquis ha modificado
parcialmente su nomenclatura;
Que en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial,
se deja constancia que los inspectores en fecha 23/03/2021,
verificaron construcciones, perímetro y ocupantes de la parcela con
denominación catastral provisoria 20-1-J-742T-06 y los ocupantes manifiestan
que residen en ese lugar hace diez años;
Que nada obsta para el dictado de la presente;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó
el dictado de la presente
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: DAR DE BAJA al reconocimiento otorgado
a la Sra. Alejandra Andrea Santul D.N.I. Nº 24.584.625 sobre la parcela 20-1-J-742-04.-
ARTÍCULO 2º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a
favor de Alejandra Andrea Santul D.N.I. Nº 24.584.625 y Marcos Anastacio
González D.N.I. Nº 21.021.574 de la parcela con denominación catastral
provisoria 20-1-J-742T-06, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio Esperanza de
El Bolsón.-
ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que deberán
ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que
oportunamente establezca la mensura definitiva.-
ARTÍCULO 4º: NOTIFICAR a los interesados que toda
venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000
Unidades Fiscales (Ordenanza Nº15/2016) y de retrotraer posesión a favor de la
Municipalidad.-
ARTÍCULO 5º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder
Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo
de 2021.-
RESOLUCIÓN Nº025/2021-