ORDENANZA Nº001/2021

VISTO: 

               La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N 108/92 y concordantes; la Resolución N°088/2017; el plano de Mensura No125/20; y el Informe de la Secretaría de Desarrollo Territorial, y;

CONSIDERANDO: 

                                   Que existe el plano de Mensura Nº125/2020 de la Manzana 016, sección C, ubicada en el Barrio Luján, que fracciona la que fuera la parcela 01B generando las parcelas 08 y 09, propiedad del Municipio de El Bolsón; 

                                   Que por Resolución N° 088/2017 se otorga certificado de ocupación a favor de Sergio Adrián Oyarzo de la parcela 20-1-C-016-01B de Barrio Luján;  

                                    Que se acredita en el Expte. copia con firmas certificadas de solicitud del Sr. Oyarzo para incorporar al certificado de ocupación a su cónyuge Irina Natalia Leal; 

                                     Que en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que los inspectores en fecha 16/12/2020, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes; 

                                      Que al existir mensura corresponde realizar la adjudicación en venta de la parcela; 

                                      Que por tanto nada obsta para llevar adelante el presente trámite, y; 

                                       Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 31-03-2021, Acta 1.798, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZ

 

ARTÍCULO 1º: DESE DE BAJA los derechos de ocupación otorgados al Sr. Sergio Adrián Oyarzo, D.N.I 24.828.659 sobre la parcela 20-1-C-016-01B (Resolución N°088/17).- 

 

ARTÍCULO 2º: ADJUDÍCASE en Venta a los Sres. Sergio Adrián Oyarzo D.N.I. 24.828.659 e Irina Natalia Leal DNI N°37.949.851, la parcela 20-1-C-016-09 ubicada en el Barrio Luján, con una superficie de 1723,50 metros cuadrados.-

 

ARTÍCULO 3º: FACULTASE a la Secretaría de Economía y Secretaría de Desarrollo Territorial a liquidar los conceptos que correspondan sobre esa parcela.-

 

ARTICULO 4º: NOTIFÍQUESE por el Área que corresponda sobre las normas a las que deben atenerse los adjudicatarios.-

ARTÍCULO 5º: NOTIFÍQUESE a los adjudicatarios de la presente que deberán firmar el correspondiente boleto de compra venta dentro de los cinco días desde la efectiva adjudicación, de no presentarse los interesados se procederá a la caducidad de la adjudicación (Artículo 11º, Ordenanza Nº108/1992).-

ARTICULO 6º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta y un días del mes de marzo de 2021.-

 

ORDENANZA  Nº001/2021-