RESOLUCIÓN Nº 004 /2021

 VISTO: 

La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N°100/1996, y; concordantes; los informes de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Secretaría de Desarrollo Social, y;

 

CONSIDERANDO: 

                     Que existe una mensura en trámite de parte del lote 99, Sección IX en Paraje Los Repollos, autorizada a favor del Municipio y a cargo de la agrimensora Alicia Elena Wynne; 

                     Que durante el año 2019 se han otorgado certificados de ocupación a vecinos de este sector autodenominado "El Mirador” y a fines de 2020 se extendieron nuevos derechos a quienes se encuentren residiendo fehacientemente en el lugar y/o a quienes mediante un informe social poseen las condiciones para acceder a los mismos; 

                    Que en fecha 12/11/2020, se realizó una inspección en la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-K-506T-10 y se constata que no hay ocupantes en la misma, asimismo no constan en expedientes de Catastro y Tierras derechos otorgados por la Municipalidad de El Bolsón sobre dicha parcela; 

                      Que se cuenta con el informe emitido por la Secretaría de Desarrollo Social sobre la situación de la Sra.' Sandra Buffa quien vive desde marzo de 2020 en el sector de El Mirador en un terreno que debe abandonar junto a su hijo menor que posee autismo; y en este marco se está trabajando con diferentes organismos en la re localización de esta familia para proteger los derechos del niño; 

                         Que nada obsta para el dictado de la presente; 

                                 Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 31-03-2021, Acta 1.798, aprobó el dictado de la presente;

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a favor de Sandra Daniela Buffa, D.N.I. Nº31.683.153 de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-K-506T-10, sujeta a mensura y ubicada en el sector El Mirador del Paraje Los Repollos de El Bolsón. 

 

ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a la interesada que toda venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000 Unidades Fiscales (Art. 40º Ordenanza 161/2011)- Código de Convivencia) y de retrotraer posesión a favor de la Municipalidad; 

 

ARTICULO 3°: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta y un días del mes de marzo de 2021.-

 

RESOLUCIÓN  Nº 004 /2021-