VISTO:
La Ley N° 5.201 y N°
5.441, la RESOL-2020-536-E-GDERNE-ME, el Decreto Provincial N° 90/18, la Ordenanza
Municipal N° 029/2018 mediante la cual la Municipalidad de El Bolsón adhirió a
la Ley N° 5.201, y;
CONSIDERANDO:
Que
el Artículo 5º de la Ley N° 5.201 establece que el financiamiento otorgado a
los municipios y comisiones de fomento que se adhieran a dicha ley, serán
reembolsados bajo las mismas condiciones financieras obtenidas por la
provincia, excepto los montos de Aportes No Reintegrables;
Que
mediante la Ley N° 5.441 se autoriza al Poder Ejecutivo a refinanciar y/o
renegociar y/o modificar términos y condiciones y/o reestructurar y/o
realizar operaciones de canje de la totalidad y/o parte de su deuda
pública, facultando al Ministerio de Economía a realizar todos aquellos actos
necesarios para la celebración y suscripción de todos los instrumentos,
contratos o trámites atinentes a las operatorias mencionada en la misma;
Que
el Ministerio de Economía llevó adelante el proceso de negociación y
reestructuración de la deuda en dólares estadounidenses, culminando con el
dictado de la RESOL-2020-536-E-GDERNE-ME de fecha 18 de diciembre de 2020, en
la cual se aprobaron nuevos términos y condiciones financieras en el marco de
la Ley N° 5.201;
Que el Decreto Provincial 90/18
establece que los Municipios y/o Comisiones de Fomento deberán presentar
ordenanza o norma legal equivalente para manifestar la conformidad con las
condiciones financieras impuestas por el Ministerio de Economía;
Que por
Ordenanza 029/2018, se autorizó a la Municipalidad de El Bolsón a
adquirir fondos reintegrables del Plan Castello establecidos en la Ley N° 5.201,
para financiar obras de infraestructuras y se adoptó como mecanismo de devolución
de los fondos el Sistema Americano;
Que
en virtud de lo dispuesto anteriormente resulta necesario emitir la presente
ordenanza para adecuarse a las nuevas condiciones financieras establecidas por
la Provincia para la refinanciación de los fondos reintegrables del Plan
Castello;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 14-04-2021, Acta 1.799, aprobó
el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a adecuarse a los nuevos términos y condiciones en razón del Decreto Provincial N° 205/21.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a ceder en garantía y autorizar el descuento de los servicios de la deuda en el régimen de Coparticipación Provincial.-
ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE,
comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de abril
de 2021.-
ORDENANZA Nº011 /2021-