ORDENANZA Nº010 /2021

 VISTO: 

             La Carta Orgánica Municipal, el siniestro forestal sucedido los días 24 de enero al 8 de Febrero del corriente año, la nota del Poder Ejecutivo Municipal Nº 064/21 enviada a la Sra. Gobernadora de la Provincia de Río Negro, y; 

CONSIDERANDO: 

                                   Que la Carta Orgánica Municipal en el Artículo 101º inciso 33, establece que el Concejo Deliberante debe proveer a los gastos municipales no incluidos en el presupuesto, a excepción de la creación de empleos o aumentos de salarios o dietas, cuando haya urgente necesidad en caso de desastre, previa asignación de recursos reales o previsión de su funcionamiento;

                                    Que el siniestro forestal sucedido los días 24 de enero al 8 de febrero del corriente año en la Cuesta del Ternero y Rinconada Nahuelpán (jurisdicción de El Bolsón) significaría una erogación a la Municipalidad de El Bolsón de pesos un millón cuatrocientos veinte mil quinientos ($ 1.420.500.-) destinados a alquileres de camiones cisternas y maquinarias para diferentes trabajos, a fin de contrarrestar el avance del siniestro el cual ocasionó daños materiales invaluables debido a la pérdida de árboles nativos, ganado, producción, viviendas particulares etc.; 

                                     Que el Poder Ejecutivo Municipal, a través de la nota Nº 064/21, solicita al Gobierno de la Provincia un aporte no reintegrable, por el monto antes mencionado, para afrontar los gastos ocasionados comprometiéndose, en las figuras del Sr. Intendente Municipal y el Sr. Secretario de Hacienda, a la rendición correspondiente; 

                                       Que ante una solicitud de fondos extraordinarios al Gobierno Provincial, se debe autorizar, al Poder Ejecutivo Municipal a ceder de garantía, ante una eventual no rendición, la Coparticipación mensual y autorizar el descuento de los servicios de la deuda;

                                        Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 14-04-2021, Acta 1.799, aprobó el dictado de la presente;

 

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA 

ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a solicitar a la provincia de Río Negro, un Aporte no Reintegrable de pesos un millón cuatrocientos veinte mil quinientos ($ 1.420.500.-) destinados a abonar los alquileres de camiones cisternas y maquinarias para diferentes trabajos realizados ante el siniestro forestal sucedido los días 24 de enero al 8 de Febrero del corriente año en la Cuesta del Ternero y Rinconada Nahuelpán (jurisdicción de El Bolsón).-

ARTÍCULO 2º: AUTORIZASE al Poder Ejecutivo Municipal a ceder en garantía la Coparticipación mensual y autorizar el descuento correspondiente en caso de no efectuar las rendiciones correspondientes.-

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ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los catorce días del mes de abril de 2021.-

 

ORDENANZA  Nº010 /2021