RESOLUCIÓN Nº007/2021

 VISTO:

        La Carta Orgánica del Municipio de El Bolsón, la Resolución 064/16, la Resolución Nº 100/19, la nota Nº 149/20 y la nota Nº 501/20, y;

CONSIDERANDO:

                              Que mediante Resolución 064/16, se le otorga a María Laura Aguilera Torres Certificado de Ocupación respecto de la Parcela 20-1-G-400-05 ubicada en el Barrio Costanera Sur (parcela identificada con carácter provisorio hasta su mensura definitiva);

                                     Que a su vez el Sr. David Alejandro Cabrera -en su carácter de concubino de María Laura Aguilera Torres (fallecida)-, solicita el reconocimiento de los derechos de ocupación sobre la parcela pre- citada;

                                   Que los hijos e hijas de José Víctor Aguilera (fallecido) y Edith Torres, solicitan la ratificación de los derechos de ocupación de la mencionada parcela, invocando derechos familiares previos al dictado de la Resolución Nº 064/16;

                                      Que el Concejo Deliberante, mediante Resolución 100/19, luego de un análisis pormenorizado de la situación y atendiendo los derechos invocados por ambas partes, deja sin efecto lo dispuesto en el inc. 3 de la Resolución 064/16 y extiende Certificado de Ocupación a favor de Maira Carolina Millaleo, Lara Jazmín Cabrera Aguilera y Edith Torres, respectivamente;

                                   Que ante el dictado de esta última norma, el Sr. David Alejandro Cabrera mediante nota Nº 149/20 y nota 501/20, solicita de declare la Nulidad de la Resolución Nº 100/19;

                                      Que a los fines de realizar un correcto análisis de la situación y en atención los intereses opuestos de las partes, se solicitó Dictamen a la Asesoría Legal de la Municipalidad de El Bolsón a los fines de que se expida acerca de la viabilidad de la solicitud de David Alejandro Cabrera;

                                  Que el Dictamen emitido por Asesoría Legal es claro en cuanto sugiere el rechazo de la petición de Nulidad en atención a que “…la Administración ha perdido toda competencia revocatoria desde que el acto ha adquirido firmeza (…) por lo que cualquier pretensión invalidante del acto administrativo en la condiciones de la Res. 100/19 deberá articularse en instancia Jurisdiccional (…)”;

                                    Que este Cuerpo adhiere al dictamen emitido por la Asesoría Legal, en el juego armónico del segundo párrafo del art. 21º y segundo párrafo del art. 22º de la Ley LPA A 2938;

                                        Que sin perjuicio de todo lo expuesto, es dable recordar que los Certificados de Ocupación emitidos por el Concejo Deliberante, se extienden al solo efecto de ser presentados ante las autoridades que así lo requieran y a los fines de que el beneficiario pueda acceder a algún servicio básico (Luz – Gas – Agua); los mismos no tienen validez para realizar ningún otro trámite y no otorgan derechos dominiales sobre la parcela en cuestión;

                                   Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 31-03-2021, Acta 1.798, aprobó el dictado de la presente;

 POR ELLO:

Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: RECHAZAR el pedido de Nulidad solicitado por DAVID ALEJANDRO CABRERA DNI 33.293.796, respecto de la Resolución 100/19.-

 

ARTÍCULO 2º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta y un días del mes de marzo de 2021.-

 

 

RESOLUCIÓN Nº007/2021-