VISTO:
La Carta
Orgánica Municipal (C.O.M.) (cfr. Arts. 1599, 160o y 161); la Ordenanza N°
138/2019; el Plano de Mensura No 1069/05; el Plano de Mensura No 1244/12, la
Resolución No 121/13 de la Gerencia de Catastro de Río Negro (ARTRN); la Nota
del Agrimensor Miguel Miranda (N° 3333/20-MEB); demás Normativa y antecedentes
documentados, y:
CONSIDERANDO:
Que la C.O.M.
consagra y define en el Capítulo III, Artículos 1599, 160o y 161o, la
composición del patrimonio municipal y a los bienes de dominio público y
privado municipal;
Que por Ordenanza N° 138/2019 (cfr. Art. 19), se desafectó como
"Espacio Verde” a la Parcela catastralmente identificada como
20-1-3-212-01;
Que por Ordenanza N° 138/2019 (cfr. Art. 2o), se desafectó como
"Reserva Fiscal” del dominio privado municipal a la Parcela catastralmente
identificada como 20-1-J 233-01;
Que el Registro de la Propiedad Inmueble ha informado que dichas Parcelas
aún se encuentran asentadas y registradas dominialmente a nombre de su anterior
titular, resultando necesario e imperioso consolidar y regularizar la cesión
oportunamente realizada en favor de la Municipalidad de El Bolsón mediante la
modificación del asiento registral pertinente;
Que para ello
resulta impostergable emitir la normativa de aceptación de cesión y
desafectación ratificatoria de todos y cada uno de los actos administrativos y
catastrales ejecutados y consolidados a la fecha;
Que nada obsta al
dictado de la presente;
Que el Concejo
Deliberante en Sesión Ordinaria del día 31-03-2021, Acta 1.798 , aprobó el dictado de la presente;
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE
EL BOLSÓN
SANCIONA CON
FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE y FORMALÍCESE la ACEPTACIÓN en favor de
la Municipalidad de El Bolsón (CUIT N° 30-67294266-3) de la Cesión de las
Parcelas catastralmente identificadas como 20-1-J-212-01 y 20-1-J-233-01
respectivamente, las que fueran oportunamente afectadas para su transferencia
al dominio municipal conforme obligación impuesta por Ordenanza N° 112/1979
(Código de Planeamiento Urbano) y sus modificatorias, en un todo de acuerdo a
los Planos de Mensura No 1069/05 registrado con fecha 28/12/2005 y No 1244/12 registrado
con fecha 11/03/2013.-
ARTÍCULO 2°: RATIFÍCASE en todos sus términos el Art. 1o inc.
a) y Art. 2o inc. c) de la Ordenanza N° 138/2019 como así el Art. 3º de la
citada normativa.-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal la
ejecución de Mensura de Fraccionamiento sobre la Parcela Catastralmente
identificada como 20-1-J-212-01.-
ARTÍCULO 4°: RATIFÍCASE la titularidad de dominio de las
parcelas identificadas como 20-1-3-212-01 y 20-1-1-233-01, a favor de la
Municipalidad de El Bolsón.-
ARTÍCULO 5°: FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Municipal para
tramitar ante el Registro de la Propiedad Inmueble el correcto registro de las
parcelas indicadas en el artículo precedente a favor del Municipio de El
Bolsón. -
ARTÍCULO 6°: REGÍSTRESE, comuníquese
al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-
Dada
la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El
Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los treinta y un días
del mes de marzo de 2021.-
ORDENANZA Nº005 /2021-