RESOLUCIÓN Nº020 /2021

 VISTO: 

              La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N°100/96 y concordantes; los informes de la Secretaría de Desarrollo Territorial, y; 

 

CONSIDERANDO: 

                                   Que existe croquis de relevamiento de la Manzana 742T, Sección J, ubicada en el Barrio Esperanza, que acredita la titularidad a favor del Municipio; 

                                   Que los Sres. Marina Prafil y Alejandro Antitrú solicitaron en fecha 17/03/2021 un certificado de ocupación de la parcela 09 de la Manzana J-742T; 

                                    Que en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que los inspectores en fecha 22/03/2021, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-J-742T 09 y los ocupantes manifiestan que residen en ese lugar hace diez años; 

                                     Que los solicitantes no registran otra ocupación y/o adjudicación de tierras fiscales municipales; 

                                      Que nada obsta para el dictado de la presente; 

                                      Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó el dictado de la presente

 

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a favor de Marina Aimé Prafil D.N.I. Nº33.454.949 y Alejandro Isidoro Antitrú D.N.I. Nº29.852.703 de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-J-742T-09, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio Esperanza de El Bolsón.-

 

ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a los interesados que deberán ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que oportunamente establezca la mensura definitiva.-

 

ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que toda venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000 Unidades Fiscales (Ordenanza 105/2016) y de retrotraer posesión a favor de la Municipalidad.-

 

ARTÍCULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo de 2021.-


RESOLUCIÓN  Nº020 /2021-