RESOLUCIÓN Nº019/2021

 VISTO:

    La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N°100/96 y concordantes; los informes de la Secretaría de Desarrollo Territorial, y; 

 

CONSIDERANDO: 

                      Que existe croquis de relevamiento de la Manzana 7511, Sección J, ubicada en el Barrio Esperanza Ex Ecobarrio, que acredita la titularidad a favor del Municipio; 

                       Que los Sres. Rauque y Nahuelpan solicitaron un certificado de ocupación de la parcela 52 de la Manzana J-751T; 

                        Que en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja constancia que los inspectores en fecha 07/04/2021, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1--751T-52 y los ocupantes manifiestan que residen en el terreno hace ocho años;

                    Que la Sra. Rauque posee un certificado de residencia de fecha 14 de Noviembre de 2011 y un Certificado de Vivienda Familiar emitido el 29/08/2018; 

                        Que los solicitantes no registran otra ocupación y/o adjudicación de tierras fiscales municipales; 

                                      Que nada obsta para el dictado de la presente; 

                                       Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó el dictado de la presente

 

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a favor de Roxana Beatriz Rauque D.N.I. Nº36.652.248 y Sandro Adrián Nahuelpan D.N.I.Nº38.431.675 de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-J-751T-52, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio Esperanza de El Bolsón.-

 

ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a los interesados que deberán ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que oportunamente establezca la mensura definitiva.-

 

ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que toda venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000 Unidades Fiscales (Ordenanza 105/2016) y de retrotraer posesión a favor de la Municipalidad.-

 

ARTICULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo de 2021.-



RESOLUCIÓN  Nº019/2021-