RESOLUCIÓN Nº018/2021

 VISTO: 

              La Carta Orgánica Municipal; la Ordenanza N°100/1996 y concordantes; los informes de la Dirección de Catastro Municipal y Secretaría de Desarrollo Territorial, y;  

CONSIDERANDO: 

                                   Que existe croquis de relevamiento de la Manzana 731, Sección J, ubicada en el Barrio Esperanza, que acredita la titularidad a favor del Municipio; 

                                    Que la Sra. María Alicia Salazar viene solicitando hace años un certificado de ocupación de la parcela que ocupa;

                                     Que en el informe expedido oportunamente por la Dirección de Catastro Municipal, se deja constancia que los inspectores en fecha 20/08/2019, verificaron construcciones, perímetro y ocupantes de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-1-731-05; y que la Sra. Salazar acredita en Expte. Ficha de relevamiento social y certificado de residencia de fechas; 

                                     Que la solicitante no registra otra ocupación y/o adjudicación de tierras fiscales municipales; 

                                       Que nada obsta para el dictado de la presente; 

                                       Que el Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó el dictado de la presente;

 

POR ELLO:

                      Y en uso de las facultades que le son propias:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a favor de María Alicia Salazar D.N.I. Nº12.757.478 de la parcela con denominación catastral provisoria 20-1-J-731-05, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio Esperanza de El Bolsón.- 

 

ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a los interesados que deberán ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que oportunamente establezca la mensura definitiva.- 

 

ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que toda venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000 Unidades Fiscales (Ordenanza 105/2016) y de retrotraer posesión a favor de la Municipalidad.-

 

ARTÍCULO 4º: REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, cumplido, archívese.-

 

Dada la Sala de Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón, Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo de 2021.-

 

RESOLUCIÓN  Nº018/2021-