VISTO:
La Carta Orgánica Municipal;
la Ordenanza Nª100/1996 y concordantes; los informes de la Secretaría de
Desarrollo Territorial, y;
CONSIDERANDO:
Que
existe croquis de relevamiento de la Manzana 751T, Sección J, ubicada en el
Barrio Esperanza zona Ex Ecobarrio, que acredita la titularidad a favor del
Municipio;
Que
el Sr. Nazareno Cabral solicita en fecha 25/03/2021 un
certificado de ocupación de la parcela 43 de la Manzana J-751T;
Que
en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja
constancia que los inspectores en fecha 25/03/2021, verificaron
construcciones, perímetro y ocupantes de la parcela con denominación catastral
provisoria 20-1-1-751T 43 y el Sr Cabral manifiesta ser nacido en El
Bolsón;
Que
los solicitantes no registran otra ocupación y/o adjudicación de tierras
fiscales municipales;
Que nada obsta para el dictado de la presente;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó
el dictado de la presente
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a
favor de Nazareno Eduardo Cabral D.N.I. Nº36.652.314 de la parcela con denominación
catastral provisoria 20-1-J-751T-43, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio
Esperanza de El Bolsón.-
ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a los interesados que deberán
ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que
oportunamente establezca la mensura definitiva.-
ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que toda
venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000
Unidades Fiscales (Ordenanza Nº105/2016) y de retrotraer posesión a
favor de la Municipalidad.-
ARTÍCULO 4º:
REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal,
publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo
de 2021.-
RESOLUCIÓN Nº022/2021-