VISTO:
La Carta Orgánica Municipal;
la Ordenanza Nº100/1996 y concordantes; los informes de la Secretaría de
Desarrollo Territorial, y;
CONSIDERANDO:
Que
existe croquis de relevamiento de la Manzana 751T, Sección J, ubicada en el
Barrio Esperanza zona Ex Ecobarrio, que acredita la titularidad a favor del
Municipio;
Que
el Sr. Julio Solano solicita en fecha 25/03/2021 un certificado
de ocupación de la parcela 45 de la Manzana J-751T;
Que
en el informe expedido por la Secretaría de Desarrollo Territorial, se deja
constancia que los inspectores en fecha 30/03/2021, verificaron construcciones,
perímetro y ocupantes de la parcela con denominación catastral provisoria
20-1-1-751T 45; y el Sr Solano manifiesta que reside hace tres años en El
Bolsón;
Que
el solicitante no registra otra ocupación y/o adjudicación de tierras fiscales
municipales;
Que
nada obsta para el dictado de la presente;
Que el
Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 12-05-2021, Acta 1.801, aprobó
el dictado de la presente
POR ELLO:
Y en uso de las
facultades que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE EL BOLSÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: EXTENDER el Certificado de Ocupación a
favor de Julio Jairo Solano D.N.I. Nº29.984.119 de la parcela con denominación
catastral provisoria 20-1-J-751T-45, sujeta a mensura y ubicada en el Barrio
Esperanza de El Bolsón.-
ARTÍCULO 2º: NOTIFICAR a los interesados que deberán
ajustar, en caso de corresponder, los límites de su parcela a lo que oportunamente
establezca la mensura definitiva.-
ARTÍCULO 3º: NOTIFICAR a los interesados que toda
venta sin autorización será pasible de una multa que varía entre 1000 y 10000
Unidades Fiscales (Ordenanza Nº105/2016) y de retrotraer posesión a
favor de la Municipalidad.-
ARTÍCULO 4º:
REGÍSTRESE, comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal,
publíquese, cumplido, archívese.-
Dada la Sala de
Sesiones “Antolín Díaz González” del Concejo Deliberante de El Bolsón,
Departamento Bariloche, Provincia de Río Negro, a los doce días del mes de Mayo
de 2021.-
RESOLUCIÓN Nº023/2021-